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TIPOS DE VIVIENDA
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Adquisición
de viviendas en régimen cooperativo
Frente a la adquisición de la vivienda a un tercero,
sea este un profesional o un particular, una tercera posibilidad
de compra de vivienda, muy extensamente implantada en
el mercado inmobiliario, es la promoción en régimen
cooperativo, el cual, independientemente de las indudables
ventajas que supone para el adquiriente, comporta indudables
riesgos, especialmente evidenciados en los últimos
años, que las garantías señaladas
para la compraventa
empresarial, aun siendo aplicables también en este
supuesto, no logran salvar.
Ello se debe a que los peculiares caracteres de este sistema
lo hacen equipararse a una promoción para uso propio,
siendo los socios-adquirentes los únicos responsables
del resultados de la promoción, pese a que normalmente
estas cooperativas
son impulsadas por terceros profesionales (gestores) que sin
bien son los que en la práctica diseñan y deciden
todos los aspectos de la promoción, controlando la
misma, quedan exonerados de responsabilidad.
Ante la falta de profesionalidad o ética de algunos
gestores, no es desgraciadamente de extrañar en este
sistema que los cooperativistas adquirentes se sientan defraudados
al tener que soportar desviaciones respecto de las condiciones
inicialmente ofertadas por los gestores, especialmente en
cuanto al precio y plazo de entrega, sin ser indemnizados
por ello.
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Viviendas
terminadas y viviendas programadas o en construcción.
Como se ha señalado con anterioridad, la exigibilidad
y relevancia de los instrumentos a disposición del comprador
para prevenir conflictos difieren según la vivienda
este terminada o se encuentre aun en construcción,e incluso,
simplemente proyectada.
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