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PREGUNTAS FRECUENTES (FAQS)

  • ¿Qué sucede cuando se firma el contrato de arrendamiento en una fecha y el inmueble se ocupa en una fecha posterior a la misma?
    Que el plazo de duración del contrato comenzará a computarse, a partir de la fecha de entrega real y efectiva ocupación, y no a partir de la firma del contrato de arrendamiento.


  • ¿Qué sucede cuando no se efectúa por escrito un contrato de arrendamiento de vivienda y no consta expresado el plazo de duración del mismo?
    Que el contrato de arrendamiento de vivienda, si no consta el plazo de duración del mismo, será de cinco años obligatorios para el arrendador y potestativos para el arrendatario, quien podrá prorrogarlo anualmente hasta un total de los cinco años expresados. Al finalizar esos cinco años, si el arrendador no comunica con un mes de antelación al arrendatario su deseo de no renovarlo, el contrato podrá ser prorrogado por tres años mas.

 

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